Cualquier sentencia de divorcio, separación, nulidad matrimonial o extinción de pareja estable en la que se disponga una pensión de alimentos a favor de los hijos comunes de la pareja es susceptible de ser ejecutada judicialmente en aquellos casos en que el obligado al pago no cumpla dicha obligación, pudiendo llegar a ver embargados los bienes del mismo en caso en que se mantenga tal incumplimiento e incluso pudiendo ocasionar consecuencias penales derivadas de la infracción de dichas obligaciones.