Al hablar del Reglamento Europeo de Protección de Datos –en adelante, también, el Reglamento-, hay que partir de dos ideas clave. De un lado, el gran cambio que supone respecto a la Directiva 95/46/CE, consecuencia del cual la Unión Europea ha debatido el texto durante cuatro años y, de otro, la aplicabilidad directa del mismo sobre todos los Estados miembros de la Unión Europea, sin necesidad de que haya una norma nacional que la trasponga.