Aumento del 40% del coste del despido para pymes con problemas económicos

Por José M. Raya Sánchez
Palma,
 
 

El Boletín Oficial de las Cortes de día 2 de diciembre contiene una sorpresa importante que afecta de forma muy notable al coste del despido. Mediante la enmienda 2997 el grupo parlamentario Popular introduce un incremento del coste de despido para las Pymes de un 40%. Hasta la entrada en vigor de esta modificación, que según el texto de la enmienda ha sido aprobada a partir del uno de enero de 2014, las Pymes de hasta 25 trabajadores en supuestos de extinción de contratos por causas económicas, productivas u organizativas debían abonar al trabajador únicamente 12 días de salario por año de servicio. Los 8 días restantes, hasta llegar a los 20 días totales, eran abonados directamente por el Estado, a través del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA).

La supresión del artículo 33.8 del Estatuto de los Trabajadores, que propone la nueva norma, implica que el FOGASA ya no se haga cargo de ese 40% de la indemnización y únicamente abonará cuantías por despidos cuando las empresas sean declaradas judicialmente insolventes o estén en situación de concurso de acreedores.

Derrotando al rey.

Este duro golpe a la PYME, poco publicitado, implica casi duplicar los costes de extinciones motivadas en situaciones económicas complicadas de pérdidas o disminución de ventas. No se trata de aumentar el coste de un despido improcedente, si no de uno procedente y justificado por motivos económicos.

despido

En la práctica parece solo un mazazo a la PYME, pero en realidad también lo es para los trabajadores, porque en muchas y reiteradas ocasiones la pequeña empresa no podrá abonar el 100% de esa indemnización. En el supuesto de impago, el trabajador deberá reclamar judicialmente el total de la cuantía de la misma y para conseguir la insolvencia judicial de la empresa puede pasarse tranquilamente un par de años. Solo entonces, con la declaración de insolvencia judicial, podrá solicitar al FOGASA las prestaciones, que tardará otra media de 7 meses en abonarlas. Hasta ahora, cuanto menos, el trabajador cobraba en 6 o 7 meses desde el despido el 40% de la indemnización que el FOGASA pagaba directamente, y al reducir la cuantía a abonar por la empresa era más fácil que ésta pagara. Ahora el tiempo de espera del cobro de cantidades en empresas que no puedan pagar será desesperante…

Otra opción que tendrá el trabajador es instar el concurso de acreedores de su PYME para poder cobrar cuanto antes su indemnización, con lo que esta modificación normativa podría estimular este tipo de peticiones poco frecuentes hasta la fecha…otro mazazo a la PYME…

Por tanto este recorte afecta directamente a PYMES pero también y de forma considerable a los trabajadores despedidos.

Comentario aparte merece la justificación de la enmienda presentada y que entrará en vigor el próximo año:

“La enmienda pretende recuperar para el Fondo de Garantía Salarial su naturaleza de entidad de aseguramiento, limitando su intervención como institución de garantía en aquellos supuestos de insolvencia o concurso empresarial, desincentivando el despido y fomentando el mantenimiento del empleo.”

Esa afirmación en negrita parece indicar que para el grupo parlamentario popular el aumento del coste del despido fomenta el mantenimiento del empleo y puede reducir el número de despidos…

CONCLUSIÓN

El aumento del coste del despido motivado, justificado y no improcedente que ha entrado en vigor el 1 de enero de 2014 solo afecta a las PYMES, no a las grandes empresas. Afecta igualmente a los trabajadores que verán dilatados en el tiempo, que se tornará casi eterno, sus derechos al cobro de cantidades por su despido y todo ello para “fomentar el mantenimiento del empleo”…

No sé si la patronal estará muy de acuerdo en que el aumento del coste del despido desincentiva las extinciones y permite mantener el nivel de empleo, pero no es este el mensaje que nos llevan inculcando día sí y día también desde la última reforma laboral, que disminuía la indemnización del despido improcedente de 45 a 33 días…

No será que a la hora de recortar gasto público, y el FOGASA lo es, donde dije Diego digo digo…

¿Volverán a incrementar el coste del despido improcedente de 33 a 45 días para fomentar el mantenimiento del empleo…?

 

Jose Manuel Raya Sánchez

Licenciado en Derecho y Diplomado en Relaciones Laborales. Especializado en Derecho Laboral y de Seguridad Social ejerciendo desde 1996, año en el que se incorporó al despacho. Desde 1999, codirige como socio el despacho y gestiona el área Jurídico Laboral y de Seguridad Social, estando especializado en el ámbito del asesoramiento empresarial y en la representación y asistencia ante el Tribunal de Arbitraje y Mediación y los Juzgados del Social.

http://blog.consultingdms.com